Historia General del Pueblo Dominicano Tomo I
Historia general del pueblo dominicano 349 No debemos olvidar que los precios se regulabanmínimamente enCastilla a través de la alhóndiga, 69 institución que, aunque aparece ya en los tiempos de Ovando, en estos momentos no sirvió más que para proporcionar a los españoles algunas herramientas traídas de Castilla. En cuanto a los alimentos llegados de la Península fueron mucho más privativos. En algunas ocasiones el gobernador consiguió licencias concretas para importar trigo de Castilla con destino al gasto de su casa; sin embargo, esta fue una práctica completa- mente excepcional, debiéndose conformar usualmente con los productos que proporcionaba la tierra, básicamente casabe y carne porcina y bovina. Una de las causas de este aumento de los precios era el escaso vellón 70 que circulaba en la isla, lo que obligaba a los vecinos a pagar en oro. Por eso desde 1505, a instancias del Comendador Mayor, se comenzaron a mandar varios millones de maravedíes en vellón. 71 Pero las medidas resultaron a todas luces insuficientes para acabar con el problema, entre otras cosas, porque la autoriza- ción para labrarlo en la propia Española no se expidió hasta décadas después. 72 Estos excesivos precios de las manufacturas españolas y de los alimentos, unidos al débito del tercio que impuso la Corona a todos aquellos que tan solo habían pagado la undécima durante el gobierno de Bobadilla provocó la ruina de muchos de los modestos mineros de la Española. 73 Este endeudamiento fue tal que sabemos que el 34.6% de los diezmos que se debieron pagar entre 1503 y 1507 los tuvo que cobrar la Corona entre 1507 y 1512 por falta de solvencia de los colonos. Igualmente sabemos que en 1508 había en la isla numerosas minas confiscadas por el gobernador por no pagar al fisco; por esta razón tuvo que salir al paso la Corona para que se desembargasen. El propio Ovando reconoció que no se hubiera podido mantener en la isla con su salario –que no olvidemos era el más alto de todo el funcionariado de la isla– si no se hubiese dedicado a «granjear conucos y ganados y yeguas». 74 En cuanto a la renta del almojarifazgo, fue impuesta en las Indias desde muy pronto pues ya en las instrucciones otorgadas a Ovando en 1503 figuraba la facultad expresa para que gravase a todas las mercancías que llegasen a la isla con el 7.5%. 75 Esta orden real se complementó con otra expedida en Medina del Campo el 15 de febrero de 1504 en la que se daba una autorización general para que pudiesen comerciar con el Nuevo Mundo siempre que pagasen la tasa del almojarifazgo. Del cobro del impuesto se puede deducir que el puerto de Santo Domingo controlaba el 80% del comercio. La facturación de las transacciones comerciales solo en 1506 supusieron unos ingresos de unos 130,760 pesos de oro, mientras que las fundiciones arrojaron un saldo positivo de 189,650 pesos de oro. Ello evidencia que el comercio, sin llegar a la magnitud de la minería, constituía la segunda actividad en importancia de la isla.
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